martes, 27 de noviembre de 2012

Comuna vs Estado Comunal


Nelson Acosta Espinoza

“Es en la comuna donde reside la fuerza de los pueblos libres. Las instituciones comunales son a la libertad lo que las escuelas primarias vienen a ser a la ciencia; la ponen al alcance del pueblo; le hacen paladear su uso pacífico y lo habitúan a servirse de ella”. 

Cuidado amigo lector; no se confunda: esta sentencia no proviene de un afiebrado militante de la “revolución bonita”. No señor, esta reflexión fue escrita por el autor francés Alexis de Tocqueville y se encuentra en una obra fundamental para la compresión de la verdadera democracia “participativa y protagónica”, La democracia en América, publicada en el año 1835.

Comuna no es una palabra o concepto ajeno a la formas democráticas de convivencia. Por el contrario, es consustancial con el “buen vivir” y con la organización descentralizada y federal del todo cuerpo social y jurídico. 

Según Wikipedia, por ejemplo, en Suiza la comuna (en alemán, Gemainde) constituyen la entidad territorial básica y de menor nivel en la división político territorial de ese país. 
Para enero de 2006, existían 2.740 comunas. Algunas cuentan con sólo algunos cientos de habitantes y las ciudades más grandes, como Ginebra o Zúrich, también tienen estatus legal de comuna. Las responsabilidades de cada comuna (como educación, servicio médico, asistencia social, transporte público y recaudación de impuestos) son definidas por el gobierno cantonal y varían de un cantón a otro.

Es bueno, entonces, revisar algunas de las características del orden comunal y contrastarlo con la propuesta del Estado Comunal del gobierno. En principio, las comunas tienen un origen inmanente, voluntario, bajo el criterio de sus integrantes; son la expresión de la forma de vida que una sociedad quiera darse. Para su legitimidad, la comuna se explica en sí misma, por cuanto es la manifestación y acción de sus integrantes quienes al crearlas le dan su cualidad de ser; en las comunas sus integrantes son soberanos para darse el sistema de vida que decidan. La comuna asume todas las competencias sobre la vida, así lo que pueda resolver con sus recursos lo hace, y aquello que le sea complejo, como puede ser la planificación de la ciudad, la atención en materia de salud y educación así como la seguridad lo transfiere a institutos mancomunados en los cuales tiene plena participación. La economía de cada comuna puede estar financiada por impuestos directos (tales como el impuesto sobre la renta, impuesto al valor agregado, otros.), cuyas tasas fluctúan en una banda fijada por el gobierno federal. En fin, esta versión de la comuna, si se corresponde con la idea de profundizar la democracia y hacerla más participativa, protagónica y federativa.

Veamos ahora la propuesta por el oficialismo. En el programa de gobierno de Chávez se establece la creación del Estado Comunal y se fija como meta concreta la creación, en este período constitucional, de 3.000 comunas en las que vivirá el 68% de los venezolanos y 21.000 Consejos Comunales se sumarán a los 30.000 ya existentes. Esta propuesta se encuentra “legitimada” en un conjunto de leyes: Ley Orgánica de las Comunas, de economía comunal, de contraloría social, de la gestión y otras atribuciones, de los consejos comunales, entre otras. En fin, nos encontramos con una arquitectura jurídica que, entre otras cosas, es contraria a la constitución del 1999 y, desde luego, al espíritu y cultura democrática que caracteriza al venezolano.

Posemos la atención en algunas características del modelo de Estado Comunal: las comunas propuestas serían obligatorias y bajo la tutela del poder central; estarían sometidas a las leyes ya mencionadas y, su administración funcionamiento, quedaría sometida a la discrecionalidad del gobierno central. De forma tal que para que una comuna tenga validez tendría que ser aceptada por el poder central. En otras palabras, es la voluntad del gobierno, y no la de sus integrantes, desde donde nace su legitimidad. La “nueva geometría del poder”, coercitivamente, impondrá lo que estas asociaciones pueden o no hacer. Siendo materia fundamental de la comuna contribuir a la construcción del socialismo centralista del siglo XXI. En otras palabras, lejos de constituir en instrumento y fuerza de los pueblos libres, mutaría hacia una herramienta política e ideológica al servicio del poder constituido.

Resumiendo, el llamado Estado Comunal es contrario a las instituciones políticas vigentes como el sufragio universal, directo y secreto, el pluralismo, la alternancia en el poder y la independencia y autonomía de los poderes públicos, acusando importantes tendencias autoritarias.

Reforcemos la argumentación desplegada con evidencia empírica, por ejemplo, Suiza. Su peculiaridad como país reside en la muy amplia autonomía comunal que ejercen sus comunidades y el ejercicio de una variedad de competencias. Este margen de competencias es muy amplio: son responsables del control de habitantes dentro del territorio municipal, la seguridad vecinal, la escuela y la enseñanza pública, sanidad, el servicio de transportes y comunicaciones y la recaudación de los impuestos federales, cantonales y comunales. Esta singularidad de las comunas suizas, contrasta con la propuesta del estado comunal del oficialismo que castra y subordina la potencialidad autonómica de estas instancias comunales.

Es importante participar en la discusión de este y otros temas de la agenda oficial. No permitir el encajonamiento que produce la polarización política. Comunas y Estado Comunal, son puntos para deliberar en los escenarios que sean propicios. Debatir estos temas es fundamental; el aislamiento o desechar su discusión con un solo “portazo”, no tan sólo luce como inapropiado y expresaría “flojera” ideológica, sino que además, robustecería la propuesta gubernamental. Romper la polarización e ir al encuentro de los temas de la agenda pública, debemos asumirlo como una obligación ciudadana.

No hay comentarios: